Santo Domingo.- La pasada semana el Tribunal Constitucional emitió la sentencia TC-0788-24 la cual declara inconstitucional los artículos 152 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes de partidos políticos debido a que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar como independiente a la creación de una organización política.
Esos artículos manifestaban que para
sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se
requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos
políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23
igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional
deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos
para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la
demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y
regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los
abale.
El párrafo tres del articulo 157 reseña
que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones
que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se
refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las
candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y
de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).
La alta corte decidió que estos textos
eran inconstitucionales debido a que se condicionaba la posibilidad de
participar como independiente a la creación de una organización política.
"El mecanismo previsto para la
presentación de candidaturas independientes requiere la creación de
agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los
partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las
candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar
por esta vía", señala el dispositivo de la sentencia.
¿Una
“amenaza” al sistema de partidos?.- Tras la sentencia, que se produjo a raíz
de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el
escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos
han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.
Sobre ello, el delegado del Partido
Revolucionario Moderno (PRM) ante la JCE, Sigmund Freund, indicó que ya se está
orquestando una reunión con todos los partidos del sistema para debatir
todas las implicaciones que tiene la sentencia y fijar una posición
unísona ante la decisión del Tribunal Constitucional.
“Imaginas que ahora todo el que sienta
que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están
diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los
votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?", cuestionó
Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.
Sin
respuesta de la JCE.- Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha
dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se
estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.
¿Otra
modificación a la ley electoral?.- La sentencia prepara el camino para que
la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los
artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que
las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana
tengan que ser cambiados.
Precisamente en 2018 fue promulgada la
ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso
Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos
legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde
1997.
Tras las elecciones de 2020 y varias
sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior
Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios
temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.
En febrero del 2023 fue promulgada la
actual ley 20-23, que trajo consigo la implementación de un sistema de
consecuencias por exceder el tope de los gastos de campaña, la creación de la
Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de Crímenes y
Delitos Electorales.
"El Congreso Nacional debe
aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido
declaradas inconstitucionales", exclamó Freund.
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