
La Superintendencia
de Electricidad les ordenó compensar por refacturación a los usuarios regulados.
Las EDE deberán recalcular sus facturas emitidas desde noviembre de 2021 por
tarifas aplicadas por error.
Santo Domingo.- A partir de septiembre próximo usuarios regulados podrán recibir otra compensación por parte de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDE) debido a que, por disposición de la Superintendencia de Electricidad (SIE), tendrán que recalcular las facturas emitidas y acreditar o debitar a sus clientes diferencias tarifarias aplicadas erróneamente en noviembre de 2021 y enero y abril del 2022, cuando entraron en vigor ajustes tarifarios.
En la resolución SIE-0802022-TF. La SIE
indica que las empresas distribuidoras le ofrecieron explicaciones de que
requerían corregir sus sistemas de facturación para poder aplicar de forma
efectiva el artículo 461 del Reglamento de Aplicación de la Ley General de
Electricidad (Ralge) y la resolución SIE-021-2022-TF de marzo del presente año.
En el nuevo dictamen, emitido y publicado
en la página web de la SIE, se instruye a Edesur Dominicana (Edesur), a la
Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste) y a Edenorte
Dominicana (Edenorte) a aplicar el referido artículo 461 del Ralge, que
establece que, si en el periodo a facturar existen diferentes tarifas, en cada
parte de dicho periodo debe facturarse según los términos vigentes en ese
momento.
La disposición consigna la metodología que
las EDEs deben aplicar para realizar la compensación
a sus clientes en procura de que ese proceso se haga de forma justa y
transparente.
Añade que la diferencia entre los precios
de la tarifa de transición a aplicar y la fracción de la tarifa aplicada que
correspondía a noviembre 2021 y enero 2022 deberán ser acreditadas o debitadas,
según corresponda, en la facturación de septiembre de 2022. En tanto que, los
cambios tarifarios correspondientes a abril del 2022 deberán ser acreditados o
debitados en la facturación de octubre de 2022.
“Quiere decir que, si dentro de un mismo
período de facturación la tarifa experimenta una variación, los consumos
realizados por el cliente deberán ser facturados de manera prorrateada de
acuerdo a las condiciones tarifarias”, señala la entidad, que regula el
subsector eléctrico, a través de un comunicado.
La SIE asegura que con esta disposición
garantiza y fiscaliza que se cumpla irrestrictamente la disposición adoptada
por el presidente Luis Abinader, el pasado 18 de julio, de suspender de forma
temporal el desmonte del susbsidio, que fue establecido en el Pacto Eléctrico,
firmado por los partidos políticos, empresarios y organizaciones sociales en
febrero de 2021.
La aplicación del acuerdo que buscaba el
ajuste de las tarifas eléctricas gradual y por etapas se inició el pasado 1 de
abril y tenía previsto concluir en diciembre de 2026. La nueva decisión se
adoptó hasta que las circunstancias económicas del país cambien.
La SIE recordó que el jefe del Estado
revocó la decisión fundamentado en las condiciones extraordinarias mundiales
que afectan el costo de la generación eléctrica y que, al mismo tiempo, está
respondiendo a las preocupaciones de la sociedad.
Recordó que mediante la resolución
SIE-068-2022-TF esa institución había dispuesto a las EDEs revisar
las facturas emitidas en julio y acreditar o debitar según corresponda, en la
facturación de agosto, la diferencia entre los precios establecidos.
En el comunicado la SIE “aseguró que esta gestión realiza encomiables esfuerzos para enfrentar responsablemente los problemas eléctricos que lastran el desarrollo del país desde hace décadas, motivado por el compromiso asumido con el pueblo dominicano de propiciar un desarrollo a largo plazo que aumente la competitividad del país”.

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