Santo Domingo.- Se da como un hecho que el diputado por la provincia de La Vega, Agustín Burgos, estaría renunciando a su curul, a más tardar en las próximas 48 horas, para ocupar la vacante dejada por Kelvin Cruz como alcalde del municipio cabecera de la citada provincia tras ser nombrado por el presidente Luis Abinader como ministro de Deportes y Recreación.
El Comité Ejecutivo Municipal del Partido
Revolucionario Moderno (PRM) propuso una terna que será remitida al presidente
de la República, Luis Abinader, para que designe al próximo alcalde de La Vega,
en sustitución de Kelvin Cruz, quien renunció a ese cargo luego de ser nombrado
como ministro de Deportes.
La terna está conformada por Danny
Holguín, Esteban García y el diputado Agustín Burgos, quien precisamente hoy se
reunió con el Ministro Cruz, despejando los rumores de una pugna entre los dos
por el control de la preciada alcaldía.
Esta terna será presentada a una comisión
especial comisión presidida por el vicepresidente del PRM, Eddy Olivares; el
consultor Jurídico del Poder Ejecutivo y encargado de asuntos legales del PRM,
Antoliano Peralta Romero; el secretario general de la Liga Municipal
Dominicana, Víctor D” Aza, con la asesoría del alcalde saliente y ahora
ministro de Deportes, Kelvin Cruz.
El ayuntamiento vegano es dirigido
interinamente por Joel Martínez, en su condición de secretario general.
Varios nombres han sonado para llenar la
vacante de alcalde, ente ellos, el propio Martínez; Danny Holguín, director
operativo del cabildo; la gobernadora Luisa De La Mota; el director del Centro
de Operaciones de Emergencias, Juan Manuel Méndez; el exalcade Fausto Ruiz, el
diputado Agustín Burgos y el exdiputado Mario Hidalgo.
La Ley 176-07, del Distrito Nacional y Los
Ayuntamientos, faculta al presidente Luis Abinader para designar el nuevo
alcalde del Ayuntamiento de La Vega, ante la vacante dejada por la promoción de
Kelvin Cruz, como ministro de Deportes, y la renuncia de la
vicealcaldesa, Amparo Custodio.
La Ley 176-07 establece en su Artículo 64
que la vacante de síndico es llenada con el vicesíndico, quien prestará
juramento ante el Concejo Municipal, en sesión extraordinaria convocada a1
efecto.
Sin embargo, en el Párrafo I del referido artículo, se establece que: “Si no hubiera vicesíndico/a, el presidente/a del Concejo Municipal se dirigirá al Presidente de la Republica para que proceda a su designación conforme el procedimiento establecido en la Constitución de la Republica”.
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