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¡Eto’e a mil que va!!!... Poder Ejecutivo promulga ley que declara necesidad de reforma constitucional

Ya los presidentes del Senado de la República y la Cámara de Diputados, Ricardo de los Santos y Alfredo Pacheco, respectivamente, han adelantado que, el lunes, 7 de octubre de 2024, se reúne la Asamblea nacional Revisora. Para la aprobación de esas modificaciones a la Constitución de la República se necesita que dos terceras partes de los 220 voten a favor de los cambios.

Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader promulgó la noche de este miércoles la Ley 61-24 que declara la necesidad de reformar la Constitución de la República, y convocó a la Asamblea Nacional Revisora para que resuelva y apruebe sobre las modificaciones propuestas a la Carta Magna.

De acuerdo con lo establecido en esa ley y la Constitución, la Asamblea Nacional Revisora tiene hasta el 17 de octubre para realizar la sesión. Varios reportes señalan que la misma podría ser convocada para el próximo lunes siete de octubre.

La Asamblea Nacional Revisora que, según han adelantado los presidentes del Senado de la República y la Cámara de Diputados, Ricardo de los Santos y Alfredo Pacheco, respectivamente, se reunirá el lunes, 7 de octubre de 2024, debe de evaluar las modificaciones propuestas a los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268, 274, de la Constitución, así como adicionar una disposición general como artículo 278, revisar y adicionar las disposiciones transitorias.

Esas modificaciones buscan reducir 22 curules de la matrícula de Cámara de Diputados, unificar las elecciones presidenciales y congresuales con las municipales para el 2032, la creación de un artículo que dificulta la modificación a los actuales términos de la elección presidencial y poner un transitorio que le impida a él volver a postularse; establecer la escogencia de la figura del Procurador General de la República a través del Consejo Nacional de la Magistratura, además de sacar su figura de ese organismo e incluir al presidente del Tribunal Constitucional, y la creación de la Oficina del Abogado General de la Administración Pública, como dependencia del Poder Ejecutivo.

Para la aprobación de esas modificaciones a la Constitución de la República se necesita que dos terceras partes de los 220 asambleístas voten a favor de los cambios. 

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