Santo Domingo.- El consultor jurídico del
Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta,
había advertido a Carlos Pimentel,
director de Compras y Contrataciones Públicas
(DGCP), y al propio presidente Luis Abinader, que la designación de Carlos
Pimentel en la Dirección General de Alianzas Público-Privadas (DGAPP) podría
generar un conflicto de intereses entre ambos cargos.
En un comunicado fechado el 3 de octubre y con
copia al presidente Abinader,
Peralta señaló que, aunque es legal que un funcionario dirija
dos instituciones, en este caso podría presentarse un
inconveniente, según establece el numeral 5 del artículo 12 de la Ley 47-20, de Alianzas Público-Privadas.
Peralta le enfatizó que el director de
Contrataciones Públicas tiene voz y voto en el Consejo exclusivamente en el diseño de los
procesos competitivos, mientras que el director de la DGAPP tiene solo voz, sin
voto.
"Si una misma persona ocupa ambos
cargos, podría influir en las decisiones del Consejo, afectando la objetividad en la toma
de decisiones, ya que estaría participando en los
procesos de votación que luego debe ejecutar como director de la DGAPP",
advirtió Peralta a su colega funcionario.
Además, aclaró que la Ley 340-06 establece que la DGCP supervisa las compras del Estado, incluyendo las de la
DGAPP, por lo que "designar a una misma persona como director de ambas
entidades implicaría que esta supervisaría los mismos procesos de compras y contrataciones que ejecuta, lo cual
podría comprometer su imparcialidad e independencia necesarias en los procesos
de adjudicación y ejecución de contratos".
Una posible violación de la Ley 247-12, sobre la Administración Pública,
cuyo artículo 4 establece que debe haber una separación de funciones entre los
órganos que supervisan y aquellos que operan, advirtió el consultor.
"El hecho de que una persona
supervise (como director de la DGCP) y ejecute (como director de la DGAPP)
podría crear una situación que vulnere el principio de rendición de cuentas y
debilitar la confianza en la transparencia del sistema", expresó Peralta.
Abinader lo sabía, y Pimentel responde.- Aunque la
comunicación fue emitida a principios de mes y dirigida en copia al jefe de
Estado, el presidente Luis Abinader firmó el decreto 514-24 el 23 de octubre, nombrando a Pimentel en el nuevo
cargo, lo cual ha generado críticas.
En el decreto, el mandatario le encomendó a Pimentel presentar en un plazo de 12 meses una propuesta detallada para la
readecuación estructural y normativa
de ambas instituciones, con el fin de
optimizar los procesos operativos en línea con los objetivos estratégicos del
Estado, lo cual buscará "garantizar la eficacia, transparencia y
coherencia en la implementación de las contrataciones públicas y las alianzas
público-privadas".
El decreto modifica
el 329-20, estableciendo que el cargo de director de Compras y Contrataciones Públicas será
desempeñado de manera honorífica, es
decir, Pimentel solo recibirá
su salario como director ejecutivo de la DGAPP.
Este viernes, Pimentel emitió un comunicado en el que manifestó que se
abstendrá de "toda decisión que involucre o pudiera generar un conflicto de interés, optando por la
inhibición o la delegación".
Participación Ciudadana expresó su preocupación
ante la reciente designación de Carlos Pimentel como
director ejecutivo de la Alianza Público Privada (APP),
señalando cuestionamientos sobre la legitimidad jurídica de esta decisión y la
conveniencia de que un mismo funcionario asuma dos roles que requieren
dedicación plena y atención a temas críticos como la transparencia y la
institucionalidad.
El presidente Luis
Abinader designó el miércoles a Carlos Pimentel como
nuevo director ejecutivo de la Dirección General de Alianzas
Público-Privadas mediante el Decreto 614-24.
Participación Ciudadana a través de un comunicado,
indicó que, si bien no se ponen en duda las intenciones del presidente al
asignar esta nueva responsabilidad a Pimentel, la interpretación sesgada de
diversos artículos legales no proporciona la base adecuada para funciones que demandan alta legitimidad. La
Constitución y varias leyes estipulan claramente la intención de evitar la
concentración de múltiples cargos públicos en una sola persona, especialmente
en contextos donde convergen intereses diversos y significativos.
Precisó que si el objetivo del
nombramiento es iniciar un proceso de fusión de las instituciones, consideran que Carlos Pimentel podría desempeñar un
excelente trabajo desde cualquiera de los dos puestos, sin necesidad de
acumular ambas funciones, evitando así los cuestionamientos que esta situación
genera.
"Tomando como base
el Art. 144 de la Constitución de la República; el Art. 19 de la Ley 47-20, de
Alianzas Público Privadas; el Art. 80.5 de la Ley 41-08 de Función Pública
entendemos que el nombramiento no procede", apuntó Participación Ciudadana.
Destacó que aplicarle
el concepto de honorífico al cargo de director de Compras y Contrataciones
Públicas es un error, ya que la característica del mismo no debe ser variada
por un decreto presidencial. A esto se agrega, indica el documento, la
incompatibilidad que significa ocupar dos representaciones en el consejo directivo
de la APP y que ésta, en parte de sus actividades, está sujeta a la supervisión
de la DGCP.
Participación Ciudadana reiteró su preocupación por
el riesgo de que las funciones de la Dirección de Compras y Contrataciones
puedan ser afectadas por esta decisión presidencial.
"Desde ahora expresamos nuestra
esperanza de que un nuevo nombramiento en esta posición recaiga sobre una
persona que inspire la confianza de la ciudadanía y garantice la continuación y
profundización de los cambios que se han realizado en los últimos años",
sugirió Participación Ciudadana.
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