Recientes

7/recent/ticker-posts

Un avispero ha desatado el doble nombramiento de Carlos Pimentel

 

El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, habría advertido "conflictos de intereses" en doble función de Carlos Pimentel. Mientras, Participación Ciudadana rechaza nueva designación de Carlos Pimentel en Alianza Público Privada. Esta entidad espera un nuevo nombramiento en esta posición y que recaiga sobre una persona que inspire la confianza de la ciudadanía. El consultor la dejó claro sobre una posible violación de la Ley 247-12, sobre la Administración Pública. Pero, Carlos Pimentel defendió el cargo y dice que se apartará de cualquier situación que genere conflicto de interés. Antoliano Peralta (a la izquierda en la combinación fotográfica) le envió a una comunicación a Carlos Pimentel (a la derecha) sobre los riesgos de la doble función. El presidente Luis Abinader también habría recibido una copia de la carta. 

Santo Domingo.- El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, había advertido a Carlos Pimentel, director de Compras y Contrataciones Públicas (DGCP), y al propio presidente Luis Abinader, que la designación de Carlos Pimentel en la Dirección General de Alianzas Público-Privadas (DGAPP) podría generar un conflicto de intereses entre ambos cargos.

En un comunicado fechado el 3 de octubre y con copia al presidente Abinader, Peralta señaló que, aunque es legal que un funcionario dirija dos instituciones, en este caso podría presentarse un inconveniente, según establece el numeral 5 del artículo 12 de la Ley 47-20, de Alianzas Público-Privadas.

Peralta le enfatizó que el director de Contrataciones Públicas tiene voz y voto en el Consejo exclusivamente en el diseño de los procesos competitivos, mientras que el director de la DGAPP tiene solo voz, sin voto.

"Si una misma persona ocupa ambos cargos, podría influir en las decisiones del Consejo, afectando la objetividad en la toma de decisiones, ya que estaría participando en los procesos de votación que luego debe ejecutar como director de la DGAPP", advirtió Peralta a su colega funcionario.

Además, aclaró que la Ley 340-06 establece que la DGCP supervisa las compras del Estado, incluyendo las de la DGAPP, por lo que "designar a una misma persona como director de ambas entidades implicaría que esta supervisaría los mismos procesos de compras y contrataciones que ejecuta, lo cual podría comprometer su imparcialidad e independencia necesarias en los procesos de adjudicación y ejecución de contratos".

Una posible violación de la Ley 247-12, sobre la Administración Pública, cuyo artículo 4 establece que debe haber una separación de funciones entre los órganos que supervisan y aquellos que operan, advirtió el consultor.

"El hecho de que una persona supervise (como director de la DGCP) y ejecute (como director de la DGAPP) podría crear una situación que vulnere el principio de rendición de cuentas y debilitar la confianza en la transparencia del sistema", expresó Peralta.

Abinader lo sabía, y Pimentel responde.- Aunque la comunicación fue emitida a principios de mes y dirigida en copia al jefe de Estado, el presidente Luis Abinader firmó el decreto 514-24 el 23 de octubre, nombrando a Pimentel en el nuevo cargo, lo cual ha generado críticas.

En el decreto, el mandatario le encomendó a Pimentel presentar en un plazo de 12 meses una propuesta detallada para la readecuación estructural y normativa de ambas instituciones, con el fin de optimizar los procesos operativos en línea con los objetivos estratégicos del Estado, lo cual buscará "garantizar la eficacia, transparencia y coherencia en la implementación de las contrataciones públicas y las alianzas público-privadas".

El decreto modifica el 329-20, estableciendo que el cargo de director de Compras y Contrataciones Públicas será desempeñado de manera honorífica, es decir, Pimentel solo recibirá su salario como director ejecutivo de la DGAPP.

Este viernes, Pimentel emitió un comunicado en el que manifestó que se abstendrá de "toda decisión que involucre o pudiera generar un conflicto de interés, optando por la inhibición o la delegación".

Participación Ciudadana en desacuerdo con nombramiento de Carlos Pimentel.- Participación Ciudadana indicó este sábado que la designación de Carlos Pimentel como director ejecutivo de la Alianza Público Privada (APP) enfrenta cuestionamientos sobre su legitimidad jurídica, así como sobre la conveniencia de distribuir el tiempo y los esfuerzos de un mismo funcionario entre dos funciones que requieren mucha dedicación y tienen retos fundamentales en aspectos tan importantes como la transparencia y la institucionalidad. 

Participación Ciudadana expresó su preocupación ante la reciente designación de Carlos Pimentel como director ejecutivo de la Alianza Público Privada (APP), señalando cuestionamientos sobre la legitimidad jurídica de esta decisión y la conveniencia de que un mismo funcionario asuma dos roles que requieren dedicación plena y atención a temas críticos como la transparencia y la institucionalidad.

El presidente Luis Abinader designó el miércoles a Carlos Pimentel como nuevo director ejecutivo de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas mediante el Decreto 614-24.

Participación Ciudadana a través de un comunicado, indicó que, si bien no se ponen en duda las intenciones del presidente al asignar esta nueva responsabilidad a Pimentel, la interpretación sesgada de diversos artículos legales no proporciona la base adecuada para funciones que demandan alta legitimidad. La Constitución y varias leyes estipulan claramente la intención de evitar la concentración de múltiples cargos públicos en una sola persona, especialmente en contextos donde convergen intereses diversos y significativos.

Precisó que si el objetivo del nombramiento es iniciar un proceso de fusión de las instituciones, consideran que Carlos Pimentel podría desempeñar un excelente trabajo desde cualquiera de los dos puestos, sin necesidad de acumular ambas funciones, evitando así los cuestionamientos que esta situación genera.

"Tomando como base el Art. 144 de la Constitución de la República; el Art. 19 de la Ley 47-20, de Alianzas Público Privadas; el Art. 80.5 de la Ley 41-08 de Función Pública entendemos que el nombramiento no procede", apuntó Participación Ciudadana.

Destacó que aplicarle el concepto de honorífico al cargo de director de Compras y Contrataciones Públicas es un error, ya que la característica del mismo no debe ser variada por un decreto presidencial. A esto se agrega, indica el documento, la incompatibilidad que significa ocupar dos representaciones en el consejo directivo de la APP y que ésta, en parte de sus actividades, está sujeta a la supervisión de la DGCP. 

Participación Ciudadana reiteró su preocupación por el riesgo de que las funciones de la Dirección de Compras y Contrataciones puedan ser afectadas por esta decisión presidencial.

"Desde ahora expresamos nuestra esperanza de que un nuevo nombramiento en esta posición recaiga sobre una persona que inspire la confianza de la ciudadanía y garantice la continuación y profundización de los cambios que se han realizado en los últimos años", sugirió Participación Ciudadana

Publicar un comentario

0 Comentarios