Martes, 25 de Marzo de 2025 - 10:24:55 AM
PRM deposita en TC intervención voluntaria que defiende prohibición de reelección de Abinader

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PRM deposita en TC intervención voluntaria que defiende prohibición de reelección de Abinader

 

Se trata de una respuesta a la acción directa de inconstitucionalidad presentada recientemente por el ciudadano Aquiles Jiménez Fernández contra la referida disposición transitoria. En la foto, fachada frontal de la casa nacional del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Santo Domingo.-El Partido Revolucionario Moderno (PRM) depositó este viernes un escrito de intervención voluntaria ante el Tribunal Constitucional, en el cual defiende la constitucionalidad de la disposición transitoria de la Constitución de 2024 que prohíbe la reelección al presidente de la República, Luis Abinader.

Se trata de una respuesta a la acción directa de inconstitucionalidad presentada recientemente por el ciudadano Aquiles Jiménez Fernández contra la referida disposición transitoria.

El accionante alega que se limita el derecho fundamental del actual presidente de la República a ser elegido, “mientras que otros ciudadanos en condiciones similares no están sujetos a la misma prohibición”.

En su escrito de intervención voluntaria, la organización política oficialista reitera “su inquebrantable compromiso con la democracia constitucional” y reafirma que “la reforma constitucional impulsada por el presidente Luis Abinader y el Partido Revolucionario Moderno es cónsona con la idea de una democracia constitucional en tanto sirve para preservar, mediante la limitación del poder, los derechos de los individuos y los espacios para la deliberación de tales derechos. Por eso el PRM se opone de manera clara a la idea de la alteración de la Constitución -incluso a sabiendas de que es jurídicamente inadmisible el supuesto- especialmente bajo la premisa de buscar beneficiar con ello al presidente de turno, toda vez que, como también se hace constar en la Constitución vigente (artículo 278), éste está imposibilitado de beneficiarse de cualquier modificación constitucional tendente a este propósito”.

En un comunicado, el PRM afirmó que uno de los ejes principales de la reforma constitucional impulsada por el presidente Luis Abinader fue robustecer la estabilidad constitucional de las reglas de elección presidencial, al impedir que futuras modificaciones al texto constitucional versen sobre esas reglas establecidas en el artículo 124 de la Constitución, de forma que el régimen presidencial sea siempre el de la fórmula de dos períodos consecutivos y nunca más.

PRECEDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.- De acuerdo con el PRM, existe un precedente en la materia del año 2018, año en el que fue presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso similar en contra de otra de las disposiciones transitorias de la Constitución de la República.

En ese caso la alta corte dictó la sentencia TC/0352/18, la cual declaró inadmisible la acción presentada por existir una imposibilidad material de cuestionar la constitucionalidad de la propia Constitución.

El precedente fue reiterado este mismo año, a través de la sentencia TC/0034/25, mediante la cual el Tribunal Constitucional reafirmó que las disposiciones transitorias de la Constitución de la República no son susceptibles de acción directa de inconstitucional, ya que la Constitución ni la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales establecen tal posibilidad. En otras palabras, el texto constitucional es inimpugnable por esa vía.

Fuente: Escrito depositado por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante el Tribunal Constitucional y archivos periodísticos.

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