La DGCP elimina el margen de participación accionaria y establece tolerancia cero frente al conflicto de interés
Santo Domingo.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anunció la entrada en vigor de un nuevo marco legal que transforma las reglas de integridad en la administración pública. A partir de ahora, ningún servidor público podrá mantener acciones en empresas proveedoras del Estado, sin importar el porcentaje de participación.
Plazo de 15 días para regularizar la situación
Mediante la circular DGCP44-PNP-0001-2026, la institución otorgó un plazo de quince días hábiles para que los funcionarios soliciten la suspensión de su Registro de Proveedor del Estado (RPE). De no hacerlo, la DGCP procederá a la suspensión de oficio, conforme al artículo 69 del reglamento de aplicación.
Inhabilidades absolutas y relativas
El artículo 38 de la Ley núm. 47-25 establece un régimen de incompatibilidad que puede ser:
Absoluto, aplicable a todas las instituciones del Estado.
Relativo, limitado a un órgano o entidad específica.
Entre los funcionarios con inhabilidad absoluta figuran el presidente y vicepresidente de la República, ministros, viceministros, legisladores, magistrados de la Suprema Corte de Justicia y demás tribunales, miembros de la Junta Central Electoral, Cámara de Cuentas, alcaldes, regidores y directores generales de la administración pública.
Empresas también alcanzadas por la medida
La DGCP aclaró que las restricciones se extienden a las personas jurídicas en las que estos funcionarios tengan participación accionaria o ejerzan funciones de dirección, consolidando un enfoque de tolerancia cero frente al conflicto de interés.
Procedimiento de suspensión
La solicitud deberá realizarse a través del formulario disponible en la página oficial de la DGCP, en la sección de proveedores del Estado. El organismo subrayó que esta medida garantiza el debido proceso administrativo y ofrece a los afectados la oportunidad de regularizar su situación antes de que se adopten sanciones automáticas.


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