Persio Maldonado alerta que medida podría frenar denuncias y limitar la libertad de expresión

Santo Domingo.- El presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), Persio Maldonado, advirtió que las disposiciones sobre difamación e injuria incluidas en el nuevo Código Penal podrían generar temor entre periodistas, medios de comunicación y ciudadanos que realizan denuncias de interés público.

Artículo 208: sanciones más severas

La nueva normativa establece penas de dos a cinco años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos del sector público para quienes incurran en difamación mediante cualquier medio de difusión: prensa escrita, radio, televisión, plataformas digitales o redes sociales.

Maldonado recordó que esta disposición contradice decisiones previas del Tribunal Constitucional, que había eliminado la prisión como sanción en estos casos.

Riesgos para el periodismo y la denuncia ciudadana

El dirigente gremial señaló que la posibilidad de enfrentar condenas penales o económicas podría desincentivar denuncias de interés público y afectar el ejercicio del periodismo investigativo.

“Cuando tú haces leyes draconianas normalmente pueden asustar. Y tal vez el miedo es la mayor presión que puede ejercerse contra la libertad”, expresó.

Excepciones institucionales

El artículo 211 excluye de responsabilidad penal discursos en cámaras legislativas, documentos oficiales de los poderes del Estado y reseñas periodísticas sobre sesiones públicas del Congreso. Sin embargo, las expresiones de ciudadanos y comunicadores en medios digitales continúan sujetas a las sanciones generales.

Debate jurídico en puerta

Maldonado prevé que las disposiciones sobre difamación e injuria volverán a ser objeto de debate judicial una vez entre en vigor el nuevo Código Penal. Algunos juristas ya evalúan posibles acciones legales contra determinados artículos.

La SDD ha sido una de las organizaciones que históricamente ha impulsado cambios legales para eliminar la prisión como sanción en estos delitos, al considerar que la reparación de daños debe ser la vía principal y no la privación de libertad.