![]() |
| Eduardo Jorge Prats |
Por
otro lado, el abogado Jorge Prats reiteró su criterio de que las primarias
abiertas son legales, partiendo de tres sentencias del Tribunal Constitucional
que establecen que los partidos políticos son asociaciones de orden público.
Santo
Domingo.- El asesor de la
Procuraduría General de la República para el caso Odebrecht afirmó la mañana de
este martes que el Ministerio Público incorporará para la fase de instrucción
mucho más pruebas que las presentadas para la solicitud de medidas de coerción.
Eduardo Jorge Prats, especialista en
derecho constitucional, restó importancia al criterio de la jueza Miriam Germán
Brito, de que los elementos de pruebas presentados por el Ministerio Público
eran flojos para garantizar condena en un juicio de fondo.
“Me resulta difícil que un juez pueda
emitir un veredicto sobre las evidencias para un juicio de fondo, cuando las
evidencias que se han presentado son indicios para una medida de coerción y el
nivel probatorio para una medida de coerción es mucho menor que para una instrucción”,
razonó.
Jorge Prats sostiene que la Procuraduría
está en la fase de investigación para preparar y presentar una expediente para
la fase de la instrucción, en la que el juez determina si debe haber un juicio
de fondo.
Aseguró que el de Odebrecht será uno de
los pocos casos con una conclusión y “uno de los pocos casos donde se golpea en
la parte del cuerpo que más duele, que es el bolsillo”.
“Porque aquí no es un tema de meter
presos, sino de resarcimiento de daños económicos de delitos que atentan contra
las cosas públicas”, aseguró
Primarias abiertas.- Entrevistado por
los comunicadores Luisín Mejía y Freddy Sandoval en el programa Hoy Mismo, que
se difunde por Color Visión, canal 9, Jorge Prats reiteró su criterio de que
las primarias abiertas son legales, partiendo de tres sentencias del Tribunal
Constitucional que establecen que los partidos políticos son asociaciones de
orden público, lo que contradice un criterio anterior de la Suprema Corte de
Justicia.
Dijo que en caso de que el Congreso
aprobara una nueva ley, no es la sentencia de la Suprema lo que se revisará,
sino el criterio judicial.
Señaló que el Tribunal Constitucional ha
establecido que los partidos son de carácter público, contrario a la Suprema
que había consignado que los partidos eran instituciones privadas.
“La realidad para el 2018 es que el
Tribunal Constitucional en tres sentencias ha dicho que los partidos son
asociaciones de carácter público, lo que permitiría que el legislador pueda
incidir con mayor intensidad en el ámbito de organización”, dijo.


0 Comentarios
Deje su comentario
Emoji