Puerto Plata.- El lunes, 2 de junio de 2025, el Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata iniciará formalmente el juicio de fondo contra el pelotero de Grandes Ligas, Wander Samuel Franco Aybar, y la madre de una adolescente que supuestamente fue víctima de delitos sexuales. Las partes y los testigos han sido convocados para esa fecha.
Así lo informó este viernes el Ministerio Público en una nota de prensa mediante la cual hizo saber
que su equipo de litigación está listo para presentar pruebas
"contundentes", que demostrarán las graves conductas atribuidas a
los acusados.
Recuerda que Franco Aybar
está siendo procesado por abuso sexual infantil, mientras que la madre de la menor enfrenta
cargos por explotación sexual y lavado de activos.
Sobre
la acusación.- De
acuerdo con la acusación, Franco Aybar habría raptado a la menor con fines sexuales durante
varios días en el municipio de Villa Montellano, provincia Puerto Plata.
Posteriormente, enviaba sumas considerables de dinero a la madre de la víctima para
evitar ser denunciado.
El Ministerio Público sostiene
que estos fondos fueron utilizados por la acusada para adquirir bienes, muebles e inmuebles.
El equipo litigante está
encabezado por el fiscal Claudio Alberto Cordero Jiménez, quien también
lideró la investigación
financiera del caso. Cordero ha expresado su confianza en
"la firmeza y licitud de las pruebas para lograr una condena contra los
acusados".
El Ministerio Público aseguró
que durante el proceso de investigación de este caso, dirigido por el procurador fiscal de
Puerto Plata, Kelmi Duncan, y la procuradora de corte Ramona
Nova, titular de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos, fueron
obtenidas "pruebas
contundentes" que comprometen la responsabilidad penal de
los acusados.
Violaciones.-
El
expediente acusatorio señala que la conducta de Franco Aybar
viola las disposiciones del Principio V, de los artículos 25, 396, literales B y C,
409 y 410, de la Ley 136-03, que crea el Código para el Sistema de
Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, y los
artículos 265, 266 y 331 del Código Penal Dominicano. Así como el artículo 3 de la Ley
137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
En cuanto a la madre de
la menor, el Ministerio
Público establece que incurrió en la violación a las
disposiciones del Principio V, los artículos 25, 396, literal B, 409 y 410,
de la citada Ley
136-03; los artículos 2, numeral 1, 11 y 15; artículo 3
numerales 1, 2 y 3; artículo 9, numerales 2 y 7, de la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y
Financiamiento del Terrorismo; los artículos 265 y 266 del Código Penal
Dominicano, así como los artículos 3 y 7 de la Ley 137-03,
sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
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