Santo Domingo.- El Senado de la República declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas el proyecto de ley depositado por el Poder Ejecutivo que dispone la supresión del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), para unificarlo al Ministerio de Hacienda.
Los legisladores tardaron solo un mes y
varios días en revisar el documento legislativo que contiene 43 artículos,
siendo un proceso muy diferente a otras piezas, como es el caso de la reforma
al Código Penal, la cual permanece desde hace años circulando entre ambas
cámaras de los órganos constitucionales.
La fusión entre ambas instituciones, de
ser aprobada por la Cámara de Diputados, resultaría en la creación del
“Ministerio de Hacienda y Economía”; tiene el objetivo de asegurar la “debida
articulación” de las finanzas públicas, junto al sistema de planificación
e inversión.
Esto, según establece el Gobierno en la
propuesta de ley, permitirá la sostenibilidad y desarrollo del país, en
consonancia con los “principios de eficiencia, eficacia y buena administración
pública”.
Más
poder a Presidencia de la República.- El nuevo ministerio deberá dirigir la
política fiscal del país, la cual contempla la cantidad de gastos,
financiamientos e ingresos, para garantizar el funcionamiento del Estado,
sin que afecte en el “corto, mediano y largo plazo”.
Asimismo, asumir el sistema de
estadísticas fiscales y los indicadores económicos complementarios. Preparar el
Presupuesto Plurianual del Sector Público No Financiero, conjuntamente con el
integrando por las entidades públicas, y someterlo ante el Consejo de Ministros
para su aprobación.
Mantener un diagnóstico actualizado y
prospectivo de la evolución del desarrollo nacional que permita tomar
decisiones “oportunas” y evaluar el impacto de las políticas públicas
ejecutadas. Proponer a la Presidencia el nivel máximo de empréstitos
solicitados a entidades financieras internas y externas, que podrá incluir en
el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.
Además, según la nueva Ley, la visión
del presidente Luis Abinader es otorgarle más atribuciones al Ministerio
de la Presidencia (MIPRE) que antes le correspondían al suprimido Ministerio
de Economía, Planificación y Desarrollo.
“Estarán asignados a la Presidencia (de
la República) los asuntos delegados a los viceministros de Cooperación
Internacional, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional, así como el
Centro Nacional de Fomento y Promoción de las Asociaciones Sin Fines de Lucro”,
versa el párrafo único del artículo 22 del proyecto de Ley aprobado este martes
por los senadores.
Por igual, formular la aplicación de las
políticas transversales de gestión a desastres con perspectivas de ordenamiento
territorial, en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales (MARN).
Participar en los procesos de
negociación de la estrategia de cooperación entre República Dominicana y otros
Estados, al igual que con los organismos internacionales. A esto se adicionan
los convenios de préstamos, teniendo por asignación la identificación de los
programas prioritarios, entre otros.
También, la Presidencia recibirá parte
de los activos materiales que posea el MEPyD.
Viceministerios.-
La
unión de estas instituciones contempla la aparición de diversos ministerios.
Estos son los viceministerios del Tesoro y Patrimonio, Presupuesto y
Contabilidad, Crédito Público, Política Fiscal, Planificación e Inversión
Pública y, por último, Economía, los cuales serán dirigidos por el titular del
Ministro de Hacienda y Economía.
¿Qué
pasará con los empleados?.- Según el artículo 33, el personal en
activo del MEPyD será evaluado para decidir si se puede reubicar, reconocer
derechos adquiridos y tomar otras medidas necesarias, teniendo en cuenta sus
habilidades y la disponibilidad de puestos en otras entidades.
A pesar de que el Poder Ejecutivo
asegura en este artículo las garantías de los asalariados, los temores en los
departamentos gubernamentales no se detienen, alegando que los directores e
incumbentes no han iniciado la fase de diálogo sobre el proceso de transición.
No obstante, antes, este proyecto de ley debe ser favorecido en dos discusiones
por la Cámara de Diputados y promulgado por la Presidencia de la República.
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