Santo Domingo.- Desde que asumió su primer mandato en agosto de 2020, el presidente de la República, Luis Abinader, ha optado por no ejercer la facultad constitucional de conceder indultos, un mecanismo que permite la libertad total o parcial de personas privadas de libertad, conforme a lo establecido en la Carta Magna.
Aunque históricamente los indultos suelen otorgarse por razones humanitarias, como enfermedades terminales o edad avanzada, el jefe de Estado cierra el año 2025 manteniendo la misma postura que hizo pública en 2024: no conceder indultos durante su mandato.
De acuerdo con informaciones de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, el último decreto de indulto otorgado en el país fue emitido por el expresidente Leonel Fernández, a favor de Juan Valdés Jerez, Salvador Plasencia Hernández, Francisco Salazar Hernández, Bienvenido Leyba Vargas, Daniel Celedonio Marcelo y Yerar Dios Evangelista Contreras.
Una postura sostenida en el tiempo
Con cinco años al frente del Poder Ejecutivo sin conceder indultos, Abinader se suma a una tendencia reciente, ya que el expresidente Danilo Medina, quien gobernó durante dos períodos consecutivos, tampoco utilizó esta atribución constitucional.
La negativa del actual mandatario no ha sido circunstancial, sino una decisión asumida y reiterada año tras año. En septiembre de 2024, durante su encuentro semanal con la prensa en LA Semanal, Abinader fue cuestionado sobre el tema ante la alta población carcelaria existente en el país.
“No soy amigo de los indultos. No he otorgado un indulto en estos cuatro años y no pienso hacerlo en los próximos años”, afirmó entonces.
El presidente explicó que su Gobierno impulsa una reforma integral del sistema penitenciario, orientada a reducir el hacinamiento y mejorar las condiciones de vida de los internos, descartando el uso de los indultos como una herramienta para despresurizar las cárceles.
Asimismo, destacó que el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (Infotep) desarrolla programas de capacitación dirigidos a los privados de libertad, con el objetivo de facilitar su reinserción laboral una vez cumplan sus condenas.
Ruptura con una tradición presidencial
Con esta postura, Abinader rompe con una práctica histórica en la política dominicana, donde los indultos presidenciales solían anunciarse en fechas emblemáticas como el 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional, y el 23 de diciembre, con motivo de la Navidad.
La realidad del sistema carcelario
Pese a la negativa a otorgar indultos, la situación de las cárceles continúa siendo crítica. Un informe de la Oficina Nacional de la Defensa Pública advierte que los centros penitenciarios del país enfrentan altos niveles de hacinamiento y condiciones que dificultan la reintegración social de los privados de libertad.
Rodolfo Valentín, director de la entidad, indicó que las cárceles del denominado viejo modelo albergan alrededor de 15,000 reclusos, de los cuales un 40 % (6,000) duerme en el suelo.
Facultad regulada por la Constitución
El indulto es una atribución del presidente de la República para conceder el perdón total o parcial de penas impuestas mediante sentencias judiciales. Esta facultad está contemplada en el artículo 128, numeral 1, literal j, de la Constitución, que autoriza su otorgamiento los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre, conforme a la ley y a las convenciones internacionales.
Tras la reforma constitucional promulgada en octubre de 2024, la nueva Carta Magna ordenó al Congreso Nacional aprobar una ley que regule la figura del indulto. Sin embargo, hasta la fecha, no se ha sometido ningún proyecto legislativo sobre este tema.


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