En esta ocasión, se registraron solo dos traslados de fechas: el Día del Trabajo y el Día de la Constitución. Invitan a planificar las agendas con los días feriados del 2025.
Santo
Domingo.- El Ministerio de Trabajo informó este jueves
cuales serán los días feriados del calendario para
este 2025 en el país, dando cumplimiento a la Ley 139-97,
la cual establece el traslado de algunos días para que puedan ser disfrutados
por la población, en especial, por la clase trabajadora.
A través de nota de prensa, la entidad recordó que la ley establece el traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.
"La ley fue publicada en la
Gaceta Oficial 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del
mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra
legislación, debe ser aplicada en todos los
establecimientos del país", dice el documento.
En esta ocasión, el Ministerio de Trabajo resaltó solo dos fechas
que deben ser trasladadas, los demás días se celebrarán en su fecha original.
Los días feriados del 2025 se aplicarán de la
siguiente manera:
El miércoles 1 de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.
El lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, no se cambia.
El martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
El domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.
El jueves 27 de febrero, día de la Independencia Naciónal es inamovible.
El viernes 18 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se
conmemora la muerte de Jesucristo, inamovible.
El jueves 1 de mayo, día del Trabajo, se trabaja y se cambia
para el lunes 05 de mayo.
El jueves 19 de junio, día en que se celebra la festividad
religiosa Corpus Christi, no se cambia.
El sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República, no se
cambia.
El miércoles 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.
En tanto que, el jueves 06 de noviembre, día de la Constitución, se trabaja y se cambia para el
lunes 10 de noviembre.
El jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.
Puntos
para entender por qué algunos días se cambian, según la Ley 139-97:
Traslado de días feriados a lunes:
Los días
feriados que caen entre martes y viernes se trasladarán
al lunes más cercano. Esto incluye feriados como:
Día de Duarte (26 de enero)
Día del Trabajo (1 de mayo)
Día de la Constitución (6 de
noviembre)
Si el día feriado cae en sábado, domingo
o lunes, se mantiene en esa fecha.
Excepciones: algunos días
festivos se celebran siempre en su fecha original, sin traslado. Estos
son:
Día de la Independencia
Nacional (27 de febrero)
Viernes Santo (fecha variable)
Día de la Restauración (16 de agosto)
Día de la Virgen de la Altagracia (21 de
enero)
Día de Navidad (25 de
diciembre)
Fuentes:
Nota de prensa del Ministerio de Trabajo y archivos periodísticos,
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