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Senado mantiene en suspenso envío de la Ley de Residuos Sólidos al Poder Ejecutivo

 

A más de un mes de su aprobación, la pieza legislativa continúa en revisión mientras se coordinan observaciones con el Gobierno.

Santo Domingo, RD.– Han transcurrido ya 40 días desde que el Congreso Nacional aprobó la modificación de la Ley 225-20 sobre gestión integral de residuos sólidos, sin embargo, la normativa aún no ha sido remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.

La pieza legislativa, avalada tanto por el Senado como por la Cámara de Diputados el pasado 23 de julio, busca reforzar el marco normativo que regula el manejo y coprocesamiento de los desechos en el país. El paso pendiente es su promulgación por el presidente Luis Abinader, quien previamente anunció que formularía observaciones con el objetivo de corregir errores y perfeccionar algunos puntos del texto aprobado.

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, explicó que el retraso responde a un proceso de análisis conjunto entre la Cámara Alta y el Gobierno, para que las observaciones sean consensuadas antes de que el Poder Ejecutivo formalice su respuesta. “Estamos trabajando de la mano, socializando el contenido y afinando los detalles para que el presidente pueda presentar sus observaciones”, señaló.

De los Santos añadió que la Secretaría General Legislativa se encuentra revisando la normativa en espera de las conclusiones del mandatario, tras lo cual se procederá al envío oficial de la pieza.

El propio Abinader, durante una alocución el 28 de julio, había expresado su intención de observar la ley, advirtiendo sobre “situaciones y errores que necesitan corregirse” antes de su entrada en vigor definitiva.

Debate sobre los plazos constitucionales

La demora en el envío de la ley ha reavivado la discusión sobre los vacíos legales en torno al artículo 101 de la Constitución, el cual establece que toda norma aprobada en ambas cámaras debe ser enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación. No obstante, el texto no define un plazo para que el Congreso cumpla con este trámite.

En cambio, sí se fijan tiempos claros para la respuesta del Ejecutivo: diez días hábiles para observar o promulgar la ley, o cinco en caso de que se haya declarado de urgencia. De ser superado ese plazo sin acción, la ley se considera promulgada de pleno derecho.

De momento, el Senado mantiene la pieza en su poder, lo que retrasa el inicio del conteo de los plazos constitucionales. El futuro inmediato de la Ley de Residuos Sólidos dependerá de la coordinación entre el Congreso y el Poder Ejecutivo para consensuar las observaciones y dar curso final a su promulgación.

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