Las asociaciones accionantes alegan que el texto vulnera derechos fundamentales y tratados internacionales; piden suspender su aplicación antes de su entrada en vigor en 2026.
Santo Domingo.- Un grupo de juristas y asociaciones legales interpuso ante el Tribunal Constitucional (TC) una acción directa de inconstitucionalidad contra más de cincuenta artículos del nuevo Código Penal dominicano, promulgado mediante la Ley Orgánica 74-25 el pasado 3 de agosto de 2025.
La demanda fue presentada por la Asociación Internacional de Derecho Penal, Grupo Dominicano (AIDP-GD), y la Asociación de Abogados de la Provincia Espaillat (AAPE), representadas por los abogados Pedro Virginio Balbuena Batista, Juan de Jesús Santos Santos, Emery Colombi Rodríguez Mateo y Elio José Delgado Vales. Los juristas aseguran que varias disposiciones del texto legal vulneran principios fundamentales de la Constitución dominicana y de tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el país.
“Nuestro interés es contribuir a que este Código Penal no se convierta en una herramienta que vulnere derechos fundamentales, sino en un instrumento eficaz y constitucional para combatir la criminalidad”, declaró Balbuena, coordinador de la Comisión de Litigios de la AIDP-GD.
Pedro Virginio Balbuena Batista, uno de los voceros de los recurrentes.
Los artículos impugnados
El recurso identifica entre los artículos cuestionados los números 2.10, 24, 49, 68, 142, 170, 214, 260, 284, 303 y 388, los cuales, según los accionantes, contravienen derechos protegidos por los artículos 4, 6, 38, 39, 40, 44, 49, 56, 64, 65, 69, 74, 110 y 149 de la Constitución.
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El artículo 49 fija un máximo de 60 años de prisión mayor para el concurso de infracciones muy graves.
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El artículo 142 tipifica el delito de exhibicionismo sexual, sancionado con uno a dos años de prisión.
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El artículo 170 define el autosecuestro y lo castiga con hasta tres años de prisión menor.
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El artículo 284 regula la corrupción pública, mientras que el 303 aborda la malversación de fondos estatales.
Los accionantes consideran que algunas redacciones son vagas o generan sanciones desproporcionadas, lo que viola el principio de legalidad penal, al no describir con claridad las conductas prohibidas ni las penas aplicables.
Fundamentos de la acción de inconstitucionalidad
Los demandantes sostienen que el nuevo texto contradice compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana, especialmente la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño, los cuales tienen jerarquía constitucional conforme al artículo 74.3 de la Carta Magna.
El documento cita precedentes del Tribunal Constitucional, como las sentencias TC/0092/19, que declaró inconstitucionales los tipos penales indeterminados, y TC/0345/19, que reconoció la legitimidad de las asociaciones profesionales para accionar en defensa del orden constitucional.
Cuestionamientos sobre la técnica legislativa
Las organizaciones demandantes reconocen que el nuevo Código Penal introduce mejoras técnicas y define nuevos delitos, pero afirman que el Congreso realizó modificaciones que afectaron su coherencia interna y generaron contradicciones con los principios de dignidad humana, igualdad y debido proceso.
En particular, señalan que algunas disposiciones otorgan amplias facultades discrecionales a las autoridades judiciales y administrativas, lo que podría comprometer el principio de separación de poderes y abrir espacio a interpretaciones arbitrarias o contrarias al texto constitucional.
“El nuevo código desnaturaliza el derecho penal garantista y debilita la protección de los derechos fundamentales”, se lee en el documento depositado ante el TC, que también cuestiona la incorporación de figuras imprecisas como los delitos contra la moral pública o el acceso ilícito a sistemas informáticos.
Antecedentes y posibles implicaciones
El nuevo Código Penal dominicano sustituye al texto vigente desde 1884 y está previsto para entrar en vigor en agosto de 2026, luego de un año de vacación legal. Su aprobación fue ampliamente respaldada por las principales fuerzas políticas, que defendieron la norma como una modernización del sistema penal adaptada a los desafíos del siglo XXI.
Sin embargo, la acción interpuesta ante el Tribunal Constitucional podría retrasar su aplicación, en caso de que el alto tribunal admita el recurso y suspenda provisionalmente los artículos impugnados.
Los demandantes solicitan que el TC convoque una audiencia pública para discutir el fondo del caso y que, posteriormente, declare la nulidad de los artículos señalados por contravenir la Constitución y el bloque de convencionalidad.
De ser admitido, este proceso podría convertirse en uno de los debates jurídicos más trascendentes de los últimos años, al poner bajo revisión la reforma penal más extensa y compleja aprobada en más de un siglo en la República Dominicana.
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