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Demora en envío de la Ley de Residuos Sólidos al Poder Ejecutivo genera cuestionamientos sobre violaciones reglamentarias en el Congreso Nacional

Aunque la Constitución dominicana no fija un plazo para la remisión de leyes aprobadas al Poder Ejecutivo, los reglamentos internos del Senado y la Cámara de Diputados establecen un límite de 15 días, lo que podría implicar un incumplimiento procedimental por parte del Congreso Nacional. En la combinación fotográfica, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, a la izquierda, y el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, a la derecha, en sus respectivas calidades de presidente y vicepresidente de la Asamblea Nacional.

Por Vianelo Perdomo

Santo Domingo, República Dominicana.- La observación realizada por el presidente Luis Abinader este martes 4 de noviembre de 2025 a la Ley sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos ha reavivado el debate jurídico y político sobre los plazos que debe respetar el Congreso Nacional al remitir las leyes aprobadas al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

De acuerdo con juristas y expertos en derecho constitucional consultados, aunque la Carta Magna no establece expresamente un límite temporal para que el Congreso envíe una ley sancionada al Poder Ejecutivo, los reglamentos internos de ambas cámaras sí lo hacen, y cualquier retraso más allá del plazo reglamentario podría considerarse una violación procedimental interna que afecta la transparencia y la regularidad legislativa.

El marco constitucional

Los artículos 101 al 103 de la Constitución de la República Dominicana regulan el proceso de promulgación y observación de las leyes.
El artículo 101 dispone que una vez aprobada una ley por ambas cámaras, debe ser remitida al Poder Ejecutivo, quien cuenta con diez (10) días para promulgarla u observarla (o cinco días si la ley fue declarada de urgencia).
Si el Ejecutivo no la observa dentro de ese plazo, se reputa promulgada y el presidente de la cámara remitente debe proceder a su publicación.

El artículo 102 establece que, si el Poder Ejecutivo decide observar la ley, deberá devolverla con sus reparos a la cámara de origen, la cual la debatirá en única lectura, y solo podrá mantener la redacción original si obtiene el voto favorable de dos tercios (2/3) de los presentes en ambas cámaras.

Finalmente, el artículo 103 concede al Congreso Nacional dos legislaturas ordinarias para decidir sobre las observaciones presidenciales; de no hacerlo, se considerarán aceptadas.

Sin embargo, ninguno de estos artículos fija un plazo específico para que el Congreso Nacional remita la ley al Poder Ejecutivo una vez aprobada definitivamente, lo que deja un vacío temporal que ha sido regulado internamente mediante los reglamentos de ambas cámaras.

Violaciones reglamentarias en el Congreso Nacional

En el plano administrativo, tanto el Reglamento Interno del Senado de la República como el de la Cámara de Diputados establecen que las leyes aprobadas deben ser firmadas y despachadas al Poder Ejecutivo en un plazo no mayor de quince (15) días, contados a partir de la fecha de su aprobación definitiva.

En el caso del Senado, este mandato figura entre las atribuciones del Presidente y los Secretarios de esta cámara, quienes deben certificar, firmar y remitir los proyectos aprobados al Ejecutivo dentro del plazo reglamentario. Lo mismo dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, que exige la firma y remisión oportuna de toda pieza legislativa aprobada.

Por tanto, si entre la aprobación final de la Ley de Residuos Sólidos y su envío al Poder Ejecutivo transcurrió un período superior a quince días, habría ocurrido una violación a los reglamentos internos del Congreso Nacional, aunque no necesariamente una infracción constitucional directa.

Consecuencias y responsabilidades

Especialistas en derecho parlamentario señalan que el incumplimiento de los plazos reglamentarios no invalida automáticamente la ley, ya que el texto constitucional no establece sanción expresa por esa demora. Sin embargo, el hecho sí puede acarrear consecuencias políticas y disciplinarias dentro del Congreso Nacional.

“Se trata de una violación reglamentaria, no constitucional, pero que afecta la imagen institucional del Congreso y su deber de cumplir con los procedimientos administrativos que garantizan la transparencia y la celeridad del proceso legislativo”, explicó un jurista especializado en materia legislativa que fue consultado al efecto.

El Senado o la Cámara de Diputados podrían, en teoría, abrir un proceso interno de revisión o solicitar un informe a las secretarías legislativas para esclarecer las razones del retraso, en caso de que el plazo de 15 días haya sido excedido sin justificación.

Presidente Luis Abinader

El curso que sigue la ley

Con la observación del presidente Luis Abinader, la Ley de Residuos Sólidos regresa ahora al Congreso Nacional, específicamente a la cámara donde se originó, en este caso del Senado de la República.
De acuerdo con el procedimiento establecido por la Constitución de la República, las observaciones deberán ser incluidas en el orden del día y debatidas en única lectura.
Si ambas cámaras aprueban nuevamente la ley en los mismos términos y con una mayoría calificada de dos tercios, el proyecto volverá al Poder Ejecutivo para su promulgación definitiva.
En caso contrario, se considerará que el Congreso Nacional acepta las observaciones presidenciales.

El artículo 103 otorga al Congreso dos legislaturas ordinarias (aproximadamente un año) para decidir sobre las observaciones; si transcurrido ese plazo no se pronuncia, se entenderá que la observación fue aceptada automáticamente.

Transparencia y credibilidad en el proceso legislativo

Más allá del aspecto técnico, la discusión sobre la demora en el envío de esta ley pone sobre la mesa el debate sobre la eficiencia y transparencia de los procedimientos legislativos.
La falta de cumplimiento de los plazos reglamentarios, aunque no invalide el contenido de las leyes, erosiona la confianza ciudadana en las instituciones y abre espacio a la discrecionalidad política en el manejo de piezas legislativas sensibles.

En un contexto donde la gestión ambiental y los residuos sólidos representan uno de los mayores retos de política pública del país, el cumplimiento riguroso de las normas legislativas se vuelve esencial para garantizar que las leyes no solo sean válidas, sino también legítimas y oportunas.

¿Qué implica la demora administrativa del Congreso Nacional?

En síntesis, la controversia actual no gira sobre la legalidad de la observación presidencial —que está expresamente prevista por la Constitución—, sino sobre la demora administrativa del Congreso en cumplir con los plazos reglamentarios para remitir la ley.
Esa tardanza podría constituir una falta reglamentaria de las cámaras legislativas, aunque sin efectos de nulidad constitucional.
El caso reabre el debate sobre la necesidad de revisar y fortalecer los mecanismos de control y cumplimiento interno dentro del Congreso Nacional, para evitar que la burocracia legislativa distorsione los tiempos institucionales y comprometa la eficacia de las políticas públicas.

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