Líderes religiosos califican la sentencia como un “golpe a los valores morales” y advierten que la decisión abre “un peligroso precedente” en la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. En la foto, el nuevo obispo coadjutor de Santo Domingo, Monseñor Carlos Tomás Morel Diplán.
Santo Domingo.– La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que despenaliza las relaciones homosexuales dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas ha provocado una inusual convergencia entre las principales denominaciones cristianas del país, que expresaron un firme rechazo al fallo.
El nuevo obispo coadjutor de Santo Domingo, Monseñor Carlos Tomás Morel Diplán, se ha colocado al frente de la postura de la Iglesia Católica, tildando la decisión de “desacertada” e “inconveniente”. Según afirmó, el tribunal “debió ponderar mucho mejor el tema”, al considerar que la anulación de los artículos que sancionaban la “sodomía” en los Códigos de Justicia “abre puertas en instituciones importantes como la Policía Nacional a la homosexualidad”.
Morel Diplán aseguró que el fallo “manda una mala señal para la sociedad”, al tiempo que enfatizó la necesidad de proteger la estructura familiar tradicional.
“Hay que cuidar y resguardar los valores familiares, la unidad entre el hombre y la mujer”, sostuvo.
Reverendo Feliciano Lacen, presidnete del Codue.
Evangélicos califican la sentencia como una “aberración ética”
Las declaraciones del obispo se suman a la reacción que ya habían expresado los grupos evangélicos, lo que ha configurado un frente religioso unificado contra la resolución TC/1225/25.
La Mesa de Diálogo y Representación Cristiana calificó el fallo como “una aberración ética” y un “golpe directo a los principios morales, éticos y espirituales de la nación”. Aseguraron que la medida es “inconstitucional” y que permite prácticas que, a su entender, “quebran la esencia misma del cuerpo castrense”.
De igual manera, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue), encabezado por su presidente, Feliciano Lacen, afirmó que la sentencia constituye “un atentado contra las buenas costumbres, la moral pública y los valores tradicionales”, advirtiendo que generará “un peligroso precedente” y “un proceso de erosión cultural”.
Tanto la Mesa de Diálogo como Codue instaron a las autoridades a “revisar, revertir o dejar sin efecto” la resolución para evitar lo que consideran fracturas en el orden moral y disciplinario del país.
Napoleón R. Estévez Lavandier, presidente de la Junta Central Electoral.
El fallo del Tribunal Constitucional
La sentencia declaró inconstitucionales el artículo 210 de la Ley 285 (Código de Justicia de la Policía Nacional) y el artículo 260 de la Ley 3483 (Código de Justicia de las Fuerzas Armadas), que sancionaban la “sodomía” —relaciones sexuales entre personas del mismo sexo— con penas de dos meses a dos años de prisión correccional.
El Tribunal Constitucional concluyó que estas normas violaban el principio de razonabilidad y discriminaban injustificadamente por orientación sexual, afectando derechos como la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo.
Sin embargo, el fallo no fue unánime. La magistrada Eunisis Vásquez Acosta emitió un voto disidente, argumentando que los artículos debieron evaluarse bajo el régimen especial de disciplina militar, en el cual la restricción de ciertos derechos fundamentales está permitida para preservar la cohesión y el orden institucional. Esta posición coincide indirectamente con la preocupación expresada por las iglesias sobre el impacto disciplinario de la medida.





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